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miércoles, 5 de noviembre de 2014

Vecinos afectados. Alerta ante billetes falsos

Capitán Sarmiento.  El vecino Diego Verón, al frente de un comercio, recomienda estar alerta al momento de manejar dinero a fin de evitar ser estafado con dinero falso, lo que en el último tiempo le ocurrió en dos oportunidades. Verón refiere que sobre los billetes falsos fue informado por la entidad bancaria en la que deposita la recaudación.  


Luego de haber hecho el habitual depósito,  “a la tarde me llamaron diciendo que había billetes falsos, de $100 y de $50, para reponerlos”.   Denuncia por el momento no hizo pero está atento, “acá en el negocio de enfrente también apareció el otro día un billete de $50 falso”.  Ser engañado no es difícil, “andan circulando billetes nuevos, no solo es el de Evita, y uno en el montón no se da cuenta”. 
BCRA 
El Banco Central de la República Argentina establece que los bancos están obligados a retener el dinero falso. Cuando recibe un billete presumiblemente falso, la entidad debe librar un acta de retención en la cual se asientan todas las características que contribuyen a identificarlo, y también los datos de la persona que lo ha presentado.  El banco debe entregarle a quien presentó el billete una fotocopia o un recibo en el que se especifiquen las características del billete, para su devolución en caso de que corresponda. Luego, la entidad envía el billete al Banco Central junto con una copia del acta.
Si el Banco Central determina que el billete presentado es falso, lo saca de circulación y se lo informa a la entidad que lo envió para que se lo comunique al depositante. De esta forma, se evita que otras personas sean estafadas con esos billetes en sus actividades económicas. Por el contrario, si el Banco Central determina que el billete es auténtico, le informa a quien lo presentó en el banco que puede pasar a cobrar un importe equivalente al del billete en el lugar en el que fue presentado. Este procedimiento rige tanto para los billetes como para las monedas. Cuando se trata de dólares estadounidenses, se le devuelve el mismo ejemplar.
Penas
La emisión de los billetes y monedas de curso legal está a cargo del Banco Central, en su calidad de autoridad monetaria de la Nación.
El Código Penal establece una pena de tres a quince años de prisión para quien falsifique moneda de curso legal o la ponga en circulación   Para quien luego de recibir de buena fe moneda falsa la haga circular con conocimiento de su falsedad, la pena consiste en una multa de mil a quince mil pesos. Si luego de examinar el billete recibido hay dudas acerca de su autenticidad, acudir a cualquier banco para su revisión.

La recomendación del BCRA es que al recibir un billete, es conveniente comprobar su autenticidad revisando los elementos de seguridad (marca de agua, tinta de variabilidad óptica,  hilo de seguridad, etc.).