Capitán Sarmiento. El vecino Diego Verón, al frente de un
comercio, recomienda estar alerta al momento de manejar dinero a fin de evitar
ser estafado con dinero falso, lo que en el último tiempo le ocurrió en dos
oportunidades. Verón refiere que sobre los billetes falsos fue informado por la
entidad bancaria en la que deposita la recaudación.
Luego de haber hecho el habitual
depósito, “a la tarde me llamaron
diciendo que había billetes falsos, de $100 y de $50, para reponerlos”. Denuncia por el momento no hizo pero está
atento, “acá en el negocio de enfrente también apareció el otro día un billete
de $50 falso”. Ser engañado no es
difícil, “andan circulando billetes nuevos, no solo es el de Evita, y uno en el
montón no se da cuenta”.
BCRA
El Banco Central de la República
Argentina establece que los bancos están obligados a retener el dinero falso.
Cuando recibe un billete presumiblemente falso, la entidad debe librar un acta
de retención en la cual se asientan todas las características que contribuyen a
identificarlo, y también los datos de la persona que lo ha presentado. El banco debe entregarle a quien presentó el
billete una fotocopia o un recibo en el que se especifiquen las características
del billete, para su devolución en caso de que corresponda. Luego, la entidad
envía el billete al Banco Central junto con una copia del acta.
Si el Banco Central determina que el
billete presentado es falso, lo saca de circulación y se lo informa a la
entidad que lo envió para que se lo comunique al depositante. De esta forma, se
evita que otras personas sean estafadas con esos billetes en sus actividades
económicas. Por el contrario, si el Banco Central determina que el billete es
auténtico, le informa a quien lo presentó en el banco que puede pasar a cobrar
un importe equivalente al del billete en el lugar en el que fue presentado.
Este procedimiento rige tanto para los billetes como para las monedas. Cuando
se trata de dólares estadounidenses, se le devuelve el mismo ejemplar.
Penas
La emisión de los billetes y monedas
de curso legal está a cargo del Banco Central, en su calidad de autoridad
monetaria de la Nación.
El Código Penal establece una pena
de tres a quince años de prisión para quien falsifique moneda de curso legal o
la ponga en circulación Para quien
luego de recibir de buena fe moneda falsa la haga circular con conocimiento de
su falsedad, la pena consiste en una multa de mil a quince mil pesos. Si luego
de examinar el billete recibido hay dudas acerca de su autenticidad, acudir a
cualquier banco para su revisión.
La recomendación del BCRA es que al
recibir un billete, es conveniente comprobar su autenticidad revisando los
elementos de seguridad (marca de agua, tinta de variabilidad óptica, hilo de seguridad, etc.).
