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viernes, 17 de diciembre de 2010

Quejas por el servicio de licencias laborales docentes


Pedido de Publicación


San Antonio de Areco, Diciembre de 2010
Al presidente del Consejo Escolar de San A. de Areco
Sra. Mónica Calaón
S/D

De mi consideración, me dirijo a Ud. a los fines de ponerle en conocimiento que el día miércoles 1º del corriente mes, padecí una crisis asmática por la cual estuve un par de horas internada en el Hospital Zerboni con la rehabilitación correspondiente para el caso.
Siguiendo, como corresponde, todo el procedimiento para hacer la respectiva licencia, al día siguiente, jueves 2, me comunico al Consejo Escolar para dar aviso del hecho, pues el médico laboral, Dr. Garret, no atiende ese día y, como se acostumbra, debo pasar al día siguiente por el lugar de atención del mismo, a los fines de hacer la correspondiente licencia y, además en forma particular iba a solicitarle al profesional que me justificara  un día más de reposo pues me sentía muy débil debido a la crisis sufrida.


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Cuando me hago presente al día siguiente, a las 9 de la mañana, me comunican que el doctor Garret ya se había retirado debido a que tenía que hacer una intervención quirúrgica. Me dirijo al Consejo, me dan las explicaciones del caso y de los motivos por los cuales el médico laboral puede «ausentarse» de su lugar de trabajo y dejar el consultorio sin la atención correspondiente y a una persona, como es mi caso, de graves problemas respiratorios, y con secuelas de la crisis sufrida que fui caminando al lugar de atención, con muy alta temperatura ambiental, exponiéndome a otra descompensación y encontrarme que, por hacer lo que la normativa me indica para cumplir con mi licencia médica, me encuentro con tan lamentable situación.
En el Consejo me dan las explicaciones correspondientes respecto a que el accionar del médico laboral está justificado y que volviera el lunes siguiente por el consultorio para que el Dr. me haga ¡POR FIN!! la licencia. Pero como soy rebelde y especialmente cuando de menoscabo de  derechos se trata, decido dirigir esta carta en la cual pregunto y solicito respuestas:
1) No hay superposición de trabajo del Dr, Garret?, ¿Qué otro profesional lo reemplaza en su ausencia?
2) ¿Quién es el encargado de darle este privilegio al médico?
3) ¿Sabe de los padecimientos de los docentes y profesores de San A. de Areco para poder conseguir la «famosa licencia médica» . Que el camino para llegar a ella es tedioso, burocrático, con ajustes de formas permanente, que dependemos del humor de quiénes nos tienen que dar la solución, sin contar con el peregrinar que muchas veces se debe hacer para conseguirla como es mi caso y el de muchos compañeros que lo padecimos, pues no venimos a pedir favoritismos ni a que se nos hagan licencias truchas sino que pedimos que se nos trate dignamente pues cada uno de nosotros trae un problema y un dolor diferente.
4) ¿Sabe además que muchos de nosotros para evitar ese «destrato» muchas veces recurrimos a pasar inasistencias sin goce de sueldo? Cuando es un derecho que gozamos de tener las licencias correspondientes según lo determina el Estatuto del docente de la Pcia. de Buenos Aires?
5) ¿Los encargados de dar dicha autorización, están al tanto de los riesgos que padecemos muchas veces los enfermos, cuando son las  mismas instituciones las que deben dar la contraprestación de protegernos pues para eso  pagamos nuestros impuestos? ¿No se dan cuenta que hay violación de derechos y garantías? Y que se traduce en una violencia laboral?
6) ¿Están al tanto de los derechos y garantías constitucionales que nos asisten, como así también de los tratados internacionales de Derechos Humanos a los que nuestro país incorporó, a partir del reconocimiento de jerarquía constitucional en la reforma de 1994, como de toda la normativa y convenios colectivos de trabajo y las del Estatuto del Docente?
7) Paso a nombrar algunos:
                   
  Preámbulo de la Constitución Nacional.  En los Arts. 14, 14 bis (1er. Párrafo), 28, y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional. En los Arts. 1, 4, y 29 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre. En los Arts. 4, 5, 12 y 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En el Art. 6 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En el Pacto de San José de Costa Rica, en sus artículos 5 y 6. Y en el Estatuto del Docente en los artículos 114,116, 117,118 y 119.-
 Sin otro particular, y tratando que esta carta llegue ante quien corresponda (agrego copia) y se tomen medidas al respecto, teniéndome informada sobre la marcha de las mismas, la saludo atte.-


Delma Falivene