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viernes, 3 de diciembre de 2010

Multas ante la venta de alcohol en comercios no autorizados


Desde mil a cien mil pesos
Capitán Sarmiento. La Municipalidad informa que la ley 11.825 establece la prohibición de venta, expendio o suministro a cualquier título, depósito y exhibición, en cualquier hora del día, de bebidas alcohólicas en comercios de los rubros denominados kioscos, polirrubros, estaciones de servicio y sus anexos y la venta ambulante.
Serán sancionados con multas de $ 1.000 (un mil) a $100.000 (cien mil) y clausura de 5 a 180 días del local, comercio o establecimiento.


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