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sábado, 16 de octubre de 2010

Minutti: “Se emitieron intimaciones y las cosas se fueron normalizando”


Plantas de silos: Declaración Jurada sobre capacidad de acopio
San Antonio de Areco
El funcionario señaló que se debe cumplir con el paulatino 
plan de reducción de la capacidad de acopio de las 
cerealeras previsto en la Ordenanza de 2009
Julio Minutti, subdirector de Medio Ambiente municipal, confirmó que se remitieron notificaciones a las empresas cerealeras para que presenten la Declaración Jurada y contraten el seguro ambiental que exige la Ordenanza 3420 sancionada en mayo de 2009.
El funcionario aseguró que aunque dicha norma -que dispone un plazo de 9 años para la erradicación de las plantas de silos del radio urbano-, no está reglamentada se debe cumplir de todas maneras con el paulatino plan de reducción de su capacidad de acopio de las cerealeras previsto en la Ordenanza.

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“A la Ordenanza 3420 -que si bien no está reglamentada definitivamente, en parte porque contiene puntos específicos y en una circunstancia especial-, hay que hacerla cumplir.  En ese sentido venimos trabajando, visitando las plantas para solicitar lo  que está en los artículos 4 y 10 pidiendo la presentación de una declaración jurada con el objeto de trazar un estado de situación sobre la capacidad de acopio de las cerealeras que se debe ir actualizando con el tiempo.  Ésta es una forma de ver cómo se va cumpliendo la Ordenanza que fija un plazo de minimización de la capacidad de almacenamiento”, dijo Minutti.
“El anexo de la Ordenanza pide una información completa sobre capacidad instalada de almacenamiento, tipo de combustibles que se utilizan, sobre las diferentes etapas del proceso de funcionamiento de la planta y esto se complementa con todo lo que hay que presentar en los organismos pertinentes para habilitar este tipo de empresas de acopio de cereales”, detalló el Subdirector de Medio Ambiente.
Seguro por daño ambiental
“Estamos trabajando fuertemente en lo que es el seguro ambiental que estas plantas deben contratar.  La cuestión no es sencilla porque no todas las compañías aseguradoras lo tienen: una cobertura de seguro de caución  por daño ambiental e incidencia colectiva, que surge de la Ley de Presupuestos Mínimos en su artículo 22, que es la ley general del ambiente y su espíritu se refiere a que todo emprendimiento que puede llegar a ocasionar un daño ambiental debe contratar este tipo se seguro”, reflexionó el funcionario.
“Esta ley es del 2002 pero se viene conversando con todas las aseguradoras y recién en 2008 lo aprobó la Superintendencia de Seguros lo que indica que es algo nuevo y por lo tanto nosotros iremos acompañando a los empresarios para que esta Ordenanza sea de cumplimiento efectivo”, agregó Minutti.
“Ya hemos recibido varias presentaciones”
“La función de la subsecretaria de Medio ambiente es exigir pero también lo es orientar a los empresarios  para encontrar la manera de cumplir esas exigencias”, explicó el Subdirector de Medio ambiente que añadió, “como muchas empresas no habían presentado su Declaración Jurada se emitieron intimaciones y las cosas se fueron normalizando.  No sé si todas la entregaron pera ya hemos recibido varias presentaciones”, finalizó Julio Minutti.