Plantas de silos:
Declaración Jurada sobre capacidad de acopio
San Antonio de Areco
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El funcionario señaló
que se debe cumplir con el paulatino
plan de reducción de la capacidad de
acopio de las
cerealeras previsto en la Ordenanza de 2009
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Julio Minutti, subdirector de Medio
Ambiente municipal, confirmó que se remitieron notificaciones a las empresas
cerealeras para que presenten la Declaración Jurada y contraten el seguro
ambiental que exige la
Ordenanza 3420 sancionada en mayo de 2009.
El funcionario aseguró que aunque dicha norma -que dispone
un plazo de 9 años para la erradicación de las plantas de silos del radio
urbano-, no está reglamentada se debe cumplir de todas maneras con el paulatino
plan de reducción de su capacidad de acopio de las cerealeras previsto en la Ordenanza.
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“A la Ordenanza 3420 -que si bien no está reglamentada
definitivamente, en parte porque contiene puntos específicos y en una
circunstancia especial-, hay que hacerla cumplir. En ese sentido venimos trabajando, visitando
las plantas para solicitar lo que está
en los artículos 4 y 10 pidiendo la presentación de una declaración jurada con
el objeto de trazar un estado de situación sobre la capacidad de acopio de las
cerealeras que se debe ir actualizando con el tiempo. Ésta es una forma de ver cómo se va
cumpliendo la Ordenanza
que fija un plazo de minimización de la capacidad de almacenamiento”, dijo
Minutti.
“El anexo de la
Ordenanza pide una información completa sobre capacidad
instalada de almacenamiento, tipo de combustibles que se utilizan, sobre las
diferentes etapas del proceso de funcionamiento de la planta y esto se
complementa con todo lo que hay que presentar en los organismos pertinentes
para habilitar este tipo de empresas de acopio de cereales”, detalló el
Subdirector de Medio Ambiente.
Seguro por daño
ambiental
“Estamos trabajando fuertemente en lo que es el seguro
ambiental que estas plantas deben contratar.
La cuestión no es sencilla porque no todas las compañías aseguradoras lo
tienen: una cobertura de seguro de caución
por daño ambiental e incidencia colectiva, que surge de la Ley de Presupuestos Mínimos en
su artículo 22, que es la ley general del ambiente y su espíritu se refiere a
que todo emprendimiento que puede llegar a ocasionar un daño ambiental debe
contratar este tipo se seguro”, reflexionó el funcionario.
“Esta ley es del 2002 pero se viene conversando con todas
las aseguradoras y recién en 2008 lo aprobó la Superintendencia
de Seguros lo que indica que es algo nuevo y por lo tanto nosotros iremos
acompañando a los empresarios para que esta Ordenanza sea de cumplimiento
efectivo”, agregó Minutti.
“Ya hemos recibido
varias presentaciones”
“La función de la subsecretaria de Medio ambiente es exigir
pero también lo es orientar a los empresarios para encontrar la manera de cumplir esas
exigencias”, explicó el Subdirector de Medio ambiente que añadió, “como muchas
empresas no habían presentado su Declaración Jurada se emitieron intimaciones y
las cosas se fueron normalizando. No sé
si todas la entregaron pera ya hemos recibido varias presentaciones”, finalizó
Julio Minutti.
