“Pretender adjudicar
el término de actitud persecutoria como determinante de la lamentable
desaparición física del señor Héctor Valli, conlleva una gravísima acusación”
San Andrés de Giles
| Intendente Luis Ghione |
No se ajusta a la verdad al referirse que su contrato para cubrir guardias en
Terapia Intensiva se deba “NADA MÁS QUE POR INCURSIONAR EN POLÍTICA”. La
contratación del Dr. ORTEGA se realizó en el marco de una situación excepcional
generada por la falta de profesionales que pudieran en ese entonces atender la
emergencia en el Hospital Municipal de San Andrés de Giles.
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En ese contexto y siguiendo las instrucciones emanadas del
Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, se llamó por medio de
diferentes publicaciones para la concurrencia de Médicos con atinencia en las
especialidades a cubrir, con resultado negativo.
Reunido tal requisito, se admitió de manera excepcional la
contratación de Ortega por medio de un convenio de locación de obra, soslayando
la incompatibilidad emanada de su carácter de Concejal del Partido de San
Andrés de Giles.
La duración de su vínculo con la Municipalidad , se
prolongaba mientras, y hasta tanto fueran vigentes las circunstancias que
motivaron la excepción a las reglas generales relacionadas con la
incompatibilidad en el desempeño de las funciones públicas.
Al tiempo de su desvinculación, ya se encontraban cubiertas
las emergencias, pero se debe aclarar que el mencionado ORTEGA, dejó de cubrir
en forma intempestiva su servicio, antes de la finalización del contrato
vigente por entonces.
Resultan falsas en consecuencia, todas las afirmaciones
expresadas en el articulo que se replica por este medio.
Respecto a su trabajo externo en el área de Diálisis, éste
un servicio descentralizado del Hospital en el cual el personal que allí
desempeña funciones no tiene relación de dependencia con el Municipio.
Respecto a su denuncia donde manifiesta que yo habría
perjudicado a Clínica San Fernando y al odontólogo y concejal de la UCR José Luis Miano al
derivar las prestaciones a afiliados del PAMI hacia el Hospital San Andrés,
debo manifestar que este acto de transferencia de atención se trató de una
decisión unilateral de la
Delegación N º 32 de PAMI con sede en la ciudad de Luján, a su
criterio por razones de mejor servicio.
Es irresponsable manifestar livianamente lo que Ortega llama
“estas actitudes que responden a una política marcada desde estamentos
superiores”, toda vez que es el intendente municipal quien fija las políticas de gobierno, y demostrado está
-después de siete años de gobierno- que siempre fue ajustada a derecho.
Pretender adjudicar el término de actitud persecutoria como
determinante de la lamentable desaparición física del señor Héctor Valli,
conlleva una gravísima acusación del Dr. Ortega, analizando en este momento
recurrir a la Justicia.
Desde el punto de vista legal sobre lo que significa no
extender la autorización para el expendio de bebidas alcohólicas al local
bailable Aeropuerto, corresponde manifestar: la Ley Nacional N*
24.449 dispuso que correspondía a la reglamentación limitar el expendio de
bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales que tengan acceso directo
desde caminos, rutas, autopistas o semi autopistas. Que la ley 13.297 de la Provincia de Buenos
Aires adhirió a las disposiciones de las leyes nacionales N*24.449 y 26.363.
Que el Decreto N* 532/09 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos
Aires, reglamenta el art. 1* de la ley 13.927 estableciendo en el art. 9 Anexo
III, La limitación del expendio de bebidas alcohólicas cualquiera sea su
graduación, para su consumo en establecimientos comerciales que tengan acceso
directo desde caminos, rutas, semi autopistas y autopistas, SERÁ TOTAL.…Los
decretos Municipales 961/09 y 1285/09 son consecuencia de la legislación
citada, en tanto y en cuanto se ejerce la facultad reglamentaria exclusiva y
excluyente que emana del art. 107 d la LOM. Toda esta legislación, mereció tratamiento
por parte del Sr. Titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo del
Departamento Judicial de Mercedes, Dr. LUIS OSCAR LASERNA, quien al resolver
una medida cautelar que dedujera el Sr. Héctor Valli por el tema en cuestión,
consideró: … que en un examen preliminar no advierte que adolezca de invalidez
el Decreto Municipal, y cabe estar a la presunción de legitimidad de los actos
públicos.
Se desprende que han sido dictados con sustento legal, por
lo cual en principio, no aparecen carentes de sustento normativo.
Vale también aclarar que en ningún momento la Municipalidad
impidió el normal funcionamiento del local bailable, sino que en todo momento
–y actualmente- puede funcionar sin expendio de bebidas alcohólicas. El cierre
actual del local responde a una decisión de la empresa propietaria del mismo.
Cuando Ortega cita en potencial –dice: “El Dr. Ghione sería
responsable directo del ataque…” - por el stress sufrido por la persona
desaparecida, sin duda deberá justificarlo –eventualmente- también ante la Justicia , en forma medica
y/o científica.
Respecto a las supuestas mala praxis en el hospital, y “que
nadie habla porque todos tienen miedo”, la respuesta es que se trata de una
falsedad total, la
Dirección Médica del Hospital ante la presunción de un caso actuó de forma inmediata, dio intervención a la Asesoría Letrada
y como corresponde suspendió preventivamente a la persona que actuó en la
oportunidad Una vez sustanciado el sumario se sabrá con exactitud si hubo o no
hubo mala praxis, y actuar en consecuencia. Asegurar como manifiesta Ortega
-desde fuera del Hospital- que sí la
hubo es de una irresponsabilidad total y absoluta.
Es oportuno recordar las más de 140 firmas que los empleados
del Hospital –médicos, enfermeras, mucamas, maestranza y administrativos-
firmaron en solicitada publicada oportunamente, donde manifiestan su molestia
por los permanentes ataques al hospital público y donde solicitan que se deje
de usar al nosocomio como botín de guerra de los políticos, llamado que sin
duda Ortega no escuchó y utiliza diariamente en su afán de desprestigiar sin
poner reparos en que con su actitud, ataca y cuestiona no sólo a colegas
profesionales, sino a todos aquellos que ponen su esfuerzo y compromiso en un
hospital que como el nuestro, es orgullo no sólo en la región, también es
reconocido a nivel provincial.
Al referirse a un empleado del Hospital al cual no se renovó
la designación de personal temporario, la situación fue motivada por la
superposición de un haber jubilatorio por discapacidad, situación que el
empleado no declaró, e incompatible con el cobro de un sueldo de la Administración Municipal.
La persona en cuestión no ingresó al Hospital en el cupo de personas discapacitadas,
como insistentemente Ortega manifestó en cuanta oportunidad tuvo, remedando su
actitud nuevamente mendaz. Cabe destacar que el Municipio ha cubierto en exceso
el porcentaje de personas con discapacidad que la ley exige.
Por último pretender hacer aparecer a los doctores Federico
Botta –no Felipe- y a Juan Manuel Iglesias –no Juan José- como poseedores de
gran influencia ante la policía, fiscalías, juzgados o hasta influenciar al
mismísimo Ministro el Interior para que le archiven las denuncias que él –el
Dr.Ortega- realiza, es poco, más o menos
que novelesco. La verdad no resiste el mínimo análisis.
Señora Directora, muchas gracias, la saludo cordialmente.
Luís Alberto Ghione
Intendente Municipal