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sábado, 9 de octubre de 2010

El intendente Ghione respondió a los dichos del concejal Ortega


“Pretender adjudicar el término de actitud persecutoria como determinante de la lamentable desaparición física del señor Héctor Valli, conlleva una gravísima acusación”
San Andrés de Giles
Intendente Luis Ghione
Agradeciendo muy especialmente la invitación para responder a los conceptos vertidos por el Dr. Carlos Ortega en nota del semanario publicadas el sábado 8 del corriente mes, manifiesto:
No se ajusta a la verdad al referirse  que su contrato para cubrir guardias en Terapia Intensiva se deba “NADA MÁS QUE POR INCURSIONAR EN POLÍTICA”. La contratación del Dr. ORTEGA se realizó en el marco de una situación excepcional generada por la falta de profesionales que pudieran en ese entonces atender la emergencia en el Hospital Municipal de San Andrés de Giles. 

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En ese contexto y siguiendo las instrucciones emanadas del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, se llamó por medio de diferentes publicaciones para la concurrencia de Médicos con atinencia en las especialidades a cubrir, con resultado negativo.
Reunido tal requisito, se admitió de manera excepcional la contratación de Ortega por medio de un convenio de locación de obra, soslayando la incompatibilidad emanada de su carácter de Concejal del Partido de San Andrés de Giles.
La duración de su vínculo con la Municipalidad, se prolongaba mientras, y hasta tanto fueran vigentes las circunstancias que motivaron la excepción a las reglas generales relacionadas con la incompatibilidad en el desempeño de las funciones públicas.
Al tiempo de su desvinculación, ya se encontraban cubiertas las emergencias, pero se debe aclarar que el mencionado ORTEGA, dejó de cubrir en forma intempestiva su servicio, antes de la finalización del contrato vigente por entonces. 
Resultan falsas en consecuencia, todas las afirmaciones expresadas en el articulo que se replica por este medio.
Respecto a su trabajo externo en el área de Diálisis, éste un servicio descentralizado del Hospital en el cual el personal que allí desempeña funciones no tiene relación de dependencia con el Municipio.
Respecto a su denuncia donde manifiesta que yo habría perjudicado a Clínica San Fernando y al odontólogo y concejal de la UCR José Luis Miano al derivar las prestaciones a afiliados del PAMI hacia el Hospital San Andrés, debo manifestar que este acto de transferencia de atención se trató de una decisión unilateral de la Delegación Nº 32 de PAMI con sede en la ciudad de Luján, a su criterio por razones de mejor servicio.
Es irresponsable manifestar livianamente lo que Ortega llama “estas actitudes que responden a una política marcada desde estamentos superiores”, toda vez que es el intendente municipal quien fija  las políticas de gobierno, y demostrado está -después de siete años de gobierno- que siempre fue ajustada a derecho.
Pretender adjudicar el término de actitud persecutoria como determinante de la lamentable desaparición física del señor Héctor Valli, conlleva una gravísima acusación del Dr. Ortega, analizando en este momento recurrir a la Justicia.
Desde el punto de vista legal sobre lo que significa no extender la autorización para el expendio de bebidas alcohólicas al local bailable Aeropuerto, corresponde manifestar: la Ley Nacional N* 24.449 dispuso que correspondía a la reglamentación limitar el expendio de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales que tengan acceso directo desde caminos, rutas, autopistas o semi autopistas. Que la ley 13.297 de la Provincia de Buenos Aires adhirió a las disposiciones de las leyes nacionales N*24.449 y 26.363. Que el Decreto N* 532/09 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, reglamenta el art. 1* de la ley 13.927 estableciendo en el art. 9 Anexo III, La limitación del expendio de bebidas alcohólicas cualquiera sea su graduación, para su consumo en establecimientos comerciales que tengan acceso directo desde caminos, rutas, semi autopistas y autopistas, SERÁ TOTAL.…Los decretos Municipales 961/09 y 1285/09 son consecuencia de la legislación citada, en tanto y en cuanto se ejerce la facultad reglamentaria exclusiva y excluyente que emana del art. 107 d la LOM. Toda esta legislación, mereció tratamiento por parte del Sr. Titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mercedes, Dr. LUIS OSCAR LASERNA, quien al resolver una medida cautelar que dedujera el Sr. Héctor Valli por el tema en cuestión, consideró: … que en un examen preliminar no advierte que adolezca de invalidez el Decreto Municipal, y cabe estar a la presunción de legitimidad de los actos públicos.
Se desprende que han sido dictados con sustento legal, por lo cual en principio, no aparecen carentes de sustento normativo. 
Vale también aclarar que en ningún momento la Municipalidad impidió el normal funcionamiento del local bailable, sino que en todo momento –y actualmente- puede funcionar sin expendio de bebidas alcohólicas. El cierre actual del local responde a una decisión de la empresa propietaria del mismo.
Cuando Ortega cita en potencial –dice: “El Dr. Ghione sería responsable directo del ataque…” - por el stress sufrido por la persona desaparecida, sin duda deberá justificarlo –eventualmente- también ante la Justicia, en forma medica y/o científica.
Respecto a las supuestas mala praxis en el hospital, y “que nadie habla porque todos tienen miedo”, la respuesta es que se trata de una falsedad total, la Dirección Médica del Hospital ante la presunción de un caso  actuó de forma inmediata, dio intervención a la Asesoría Letrada y como corresponde suspendió preventivamente a la persona que actuó en la oportunidad Una vez sustanciado el sumario se sabrá con exactitud si hubo o no hubo mala praxis, y actuar en consecuencia. Asegurar como manifiesta Ortega -desde fuera del Hospital-  que sí la hubo es de una irresponsabilidad total y absoluta.
Es oportuno recordar las más de 140 firmas que los empleados del Hospital –médicos, enfermeras, mucamas, maestranza y administrativos- firmaron en solicitada publicada oportunamente, donde manifiestan su molestia por los permanentes ataques al hospital público y donde solicitan que se deje de usar al nosocomio como botín de guerra de los políticos, llamado que sin duda Ortega no escuchó y utiliza diariamente en su afán de desprestigiar sin poner reparos en que con su actitud, ataca y cuestiona no sólo a colegas profesionales, sino a todos aquellos que ponen su esfuerzo y compromiso en un hospital que como el nuestro, es orgullo no sólo en la región, también es reconocido a nivel provincial.
Al referirse a un empleado del Hospital al cual no se renovó la designación de personal temporario, la situación fue motivada por la superposición de un haber jubilatorio por discapacidad, situación que el empleado no declaró, e incompatible con el cobro de  un sueldo de la Administración Municipal. La persona en cuestión no ingresó al Hospital en el cupo de personas discapacitadas, como insistentemente Ortega manifestó en cuanta oportunidad tuvo, remedando su actitud nuevamente mendaz. Cabe destacar que el Municipio ha cubierto en exceso el porcentaje de personas con discapacidad que la ley exige.
Por último pretender hacer aparecer a los doctores Federico Botta –no Felipe- y a Juan Manuel Iglesias –no Juan José- como poseedores de gran influencia ante la policía, fiscalías, juzgados o hasta influenciar al mismísimo Ministro el Interior para que le archiven las denuncias que él –el Dr.Ortega-  realiza, es poco, más o menos que novelesco. La verdad no resiste el mínimo análisis.

Señora Directora, muchas gracias, la saludo cordialmente.
Luís Alberto Ghione
Intendente Municipal